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Preguntas frecuentes

¿Aún se pueden pedir las ayudas del Plan Moves II?

Las solicitudes de ayuda del programa Moves II podrán realizarse hasta pasado un año a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en los diarios oficiales de las comunidades y ciudades autónomas, siempre que aún exista presupuesto disponible en cada una de ellas. Puedes consultar las convocatorias publicadas por las distintas comunidades y ciudades autónomas aquí.

¿Cómo debo pedir la ayuda si se solapan los planes Moves III y II?

En el caso de ser particular, autónomo o administración pública:

Las solicitudes para el Plan Moves III deberán:

- Pedirse en la correspondiente convocatoria de la Comunidad Autónoma una vez se publique.

- Cumplir con el requisito de que la compra del coche se haya realizado con posterioridad al 9 de abril de 2021. Esto se justificará con la fecha de la factura de compra.

- Además, en caso de ser una adquisición por renting, la fecha del contrato de renting también deberá ser posterior al 9 de abril de 2021.

- En caso de comprar un coche de demostración, su antigüedad no podrá exceder los 9 meses, contando desde la fecha de primera matriculación hasta la fecha de la factura de compra.

En el caso de ser una empresa:

Las solicitudes de ayuda del programa Moves III solo serán efectivas si la fecha de la factura, la fecha de matriculación, los justificantes de pago y los contratos suscritos (en el caso de renting o instalación de puntos de carga) son posteriores a la fecha de registro de la solicitud de ayuda en la correspondiente convocatoria de la Comunidad Autónoma.

Por tanto, en este caso, tendrás que esperar a la publicación de las correspondientes convocatorias autonómicas para iniciar la solicitud.

¿Cuál es la fecha de inicio real del programa Moves III?

Para autónomos, particulares y administración pública

La fecha efectiva es el 10 de abril de 2021, como se establece de forma clara en las Bases del Programa, publicadas mediante real decreto en el Boletín Oficial del Estado.

Para empresas

Podrán beneficiarse del Plan Moves III cuando abran las convocatorias en las correspondientes Comunidades Autónomas. Mientras tanto, sigue en vigor Moves II, que tiene una duración de 12 meses desde la publicación de las convocatorias en cada comunidad autónoma.

¿Son compatibles entre sí las ayudas del Plan Moves II y III?

No. Una misma compra, de coche o infraestructura de carga, solo puede acogerse a uno de los dos programas. Así, si quieres solicitar las ayudas del Plan Moves III y cumples las condiciones para ello, deberás renunciar a la solicitud cursada para el Plan Moves II u otros programas de ayuda.

¿Cómo aplica el plan a compras anteriores que no pidieron ayudas?

La compra, de un coche o infraestructura de carga, solo puede realizarse una vez solicitada la ayuda.

Sin embargo, en el Plan Moves II no se aplicaba este requisito para las ayudas a particulares que querían comprar un coche. Solo en ese caso, el periodo de elegibilidad del Plan Moves II es desde el 18 de junio de 2020 hasta el final de la vigencia del programa (siempre que la convocatoria autonómica no especificara que sí era necesario registrar la solicitud antes de realizar la compra del coche).

Con ayudas del Plan Moves II, ¿puedo pedir automáticamente del III?

No. El programa Moves III es un nuevo programa de ayudas y requiere una solicitud expresa para este programa.

En el caso de particulares, autónomos y administración pública, podrás hacer la solicitud a partir del 10 de abril de 2021, una vez se haya abierto la convocatoria autonómica correspondiente.

En el caso de empresas, las compras realizadas solo serán elegibles si se hacen con posterioridad a la solicitud de la ayuda, una vez abierta la correspondiente convocatoria en la Comunidad Autónoma.

¿Cómo debe ser la factura? ¿Y si no existe la cita de las CCAA?

La factura de compra deberá tener una fecha posterior al 9 de abril de 2021 para el caso de particulares, autónomos o administración pública y posterior a la fecha de registro de la solicitud para el resto de los solicitantes.

Si has comprado un coche, en la factura deberá constar la matrícula o número de bastidor, la marca, el modelo y la versión del modelo adquirido.

Además, para la compra de coches dentro de las categorías M1 y N1, se deberá pedir al concesionario que en la factura refleje un descuento de al menos 1.000€ en concepto de “Programa Moves III”, que deberá detallarse antes de la aplicación del IVA o IGIC.

¿Qué documentos justifican el pago de la factura del coche?

Se considerarán válidos aquellos justificantes de pago que permitan identificar:

- Al destinatario último: debe quedar claro que el único pagador es el destinatario final de la ayuda.

- Al tercero (punto de venta o concesionario) que percibe las cantidades pagadas.

- La fecha de pago o salida efectiva de los fondos del destinatario último de la ayuda.

- El coche objeto de la subvención.

- En los casos de renting, a la empresa arrendadora.